SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0680/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0680/2004-R

Fecha: 05-May-2004

I.2. Hechos que motivan el recurso

Fue elegida Concejala suplente del Municipio de Pocona, donde ejerció la función de miembro titular del Concejo hasta mayo de 2003. En el tiempo que estuvo ejerciendo el cargo hasta diciembre del 2001, se le canceló sus remuneraciones como tal; pero desde enero del 2002 no se le hizo el pago correspondiente, pues pese a sus reiteradas solicitudes e incluso la Resolución Municipal de 3 de octubre del 2003, que ordenaba el pago de esas remuneraciones, el Alcalde se negó a cumplir con esa obligación, alegando que otro concejal supuestamente habría cobrado su remuneración, lo que es ilegal puesto que ella no autorizó tal hecho, por lo que al ver vulnerado su derecho fundamental a una remuneración justa y al estar bajo un régimen especial, por ser un cargo electivo no sujeto a la Ley General del Trabajo ni a la normativa del “Funcionario Público”, interpone amparo constitucional.