SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0680/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0680/2004-R

Fecha: 05-May-2004

II.5.

II.5.   Al no haber recibido respuesta por parte del Alcalde recurrido, la recurrente reiteró su solicitud al Presidente del Concejo Municipal el 5 de octubre el 2003, pidiendo se expida orden para el pago mencionado (fs. 10), analizando dicha solicitud, el Concejo Municipal de Pocona reconoció que el 28 de mayo del 2003, se reorganizó su Directiva y nombró nuevo Alcalde por la renuncia del anterior, dando cumplimiento a la SC 0056/2003-R, de 15 de mayo, por lo que ordenó al Alcalde recurrido haga efectivo el pago de las remuneraciones de la recurrente y de otro Concejal, dando el plazo de cinco días para el cumplimiento de esta determinación(fs. 3 a 4).