Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2004-R
Fecha: 10-May-2004
III.6.
III.6. Por los fundamentos expuestos, se concluye que los recurridos, han actuado en franca inobservancia de normas procesales, que al ser de orden público, son de cumplimiento obligatorio, al haber dispuesto inicialmente la aprehensión del recurrente y posteriormente su detención preventiva; actos ilegales que lesionan los derechos fundamentales del recurrente, a la libertad física y al debido proceso; por lo que corresponde, brindar la tutela demandada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Arturo Urquidi Morales,
- Mario Ramírez Zuna
- Milton Arce Arroyo,
- Emidia Alvarado de Gutiérrez,
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional.