SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0737/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0737/2004-R

Fecha: 14-May-2004

III.1.

III.1.   La Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones Patrimoniales, en su art. 11.I) dispone como medida de excepción el apremio en materia de asistencia familiar al señalar:" El apremio previsto por el párrafo tercero del art. 149 del Código de Familia (CF) podrá ser ordenado únicamente por el Juez que conozca de la petición de asistencia, no pudiendo exceder del plazo máximo de 6 meses, vencido el cual será puesto en libertad sin necesidad de constituir fianza, con el sólo compromiso juramentado de cumplir la obligación". En este sentido, si bien la privación de libertad en este caso está prevista por la disposición legal citada, sin embargo al ser dispuesta se deben cumplir con las formalidades legales que la ley estipula.