Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0746/2004-R
Fecha: 14-May-2004
III.3.
III.3. En lo concerniente a la supuesta falta de competencia en la actuación del co - recurrido, Gonzalo Ibañez Ferrufino, tal extremo no puede ser dilucidado mediante un amparo constitucional, teniendo la parte interesada expedito el recurso establecido en la Constitución al efecto, lo que corrobora la improcedencia de este caso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- d) No ser dependiente de la Cooperativa, ni contratista, ni intermediario de terceros
- El Comité Electoral tiene facultad para inhabilitar de oficio
- III.2.
- sostiene una relación contractual de intercambio de servicios con COTES Ltda
- contratista
- o está encargada de un servicio
- III.3.
- III.4.
- Fragmento 22