SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771/2004-R
Fecha: 14-May-2004
I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A pedido de la Magistrada Relatora, a efectos de contar con mayores elementos de juicio para la dilucidación del presente recurso, mediante AC 133/2004-CA, de 9 de marzo (fs. 73 y 74), la Comisión de Admisión solicitó a las vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Beni, Lidia Moscoso Flores y Mirna Núñez Añez, remitan en el plazo de cuarenta y ocho horas, fotocopia legalizada de todo el proceso penal que sigue el ministerio Público contra Ignacio Amilkar Suerio Espíndola y otros. Habiéndose remitido las referidas fotocopias el 31 de marzo de 2004, en la que se reanudo el plazo, siendo el nuevo término para su vencimiento el 20 de mayo de 2004 (fs. 442), por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2.
- APRUEBA