Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0771/2004-R
Fecha: 14-May-2004
II.2.
II.2. Interpuesto el recurso de apelación, las vocales de la Sala Penal de la Corte Superior de Trinidad, mediante Auto 016/2004 de 30 de enero (fs. 18-19) declararon inadmisible el recurso de apelación incidental planteado por los recurrentes, con el fundamento que la exclusión probatoria no es una excepción a tenor de lo previsto por el art. 308 del CPP por lo que debe plantearse durante la producción de prueba y en caso de admitirse prueba ilegal pasando por alto lo previsto en el art. 172 del CPP, pueden interponer la apelación restringida conforme a lo previsto por el art. 407 del CPP, haciendo la reserva legal correspondiente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2.
- APRUEBA