Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2004-R
Fecha: 26-May-2004
a)
El recurrente denuncia que la autoridad recurrida vulneró sus derechos a la propiedad privada, al trabajo, a la defensa y al debido proceso porque: a) no lo citó con la demanda de nulidad de sus concesiones mineras pese a tener la calidad de titular y condómino, rechazando el incidente de nulidad que presentó sin pronunciarse en el fondo; b) pese a no darle la oportunidad de defender sus derechos otorgó sus concesiones mineras con el nombre de “Anahí VI” a favor de Minerales y Metales del Oriente S.R.L, pese su oposición. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Jorge Vaca Escalante, Superintendente Departamental de Minas de Santa Cruz,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- II.16.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- REVOCA