Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0814/2004-R
Fecha: 26-May-2004
II.9.
II.9. El 26 de enero de 2004, el recurrente, alegando ser propietario de las concesiones “Ayoreíta” y “Poema”, promovió incidente de nulidad por su falta de citación con la demanda de nulidad (fs. 404-411), siendo rechazado por la autoridad recurrida por decreto de 28 de enero de 2004, bajo el argumento de que la vía Jurisdiccional Administrativa está agotada y que el impetrante debía hacer valer sus derechos en proceso Contencioso Administrativo ante la Corte Suprema de la Nación (fs. 411 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Jorge Vaca Escalante, Superintendente Departamental de Minas de Santa Cruz,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- II.16.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- REVOCA