SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0831/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0831/2004-R

Fecha: 01-Jun-2004

II.5.

II.5.  A solicitud de Walter Rocha Encinas, la Jueza recurrida el 7 de abril de 2004,  dispuso su libertad ordenando a la oficial de diligencias lo notifique personalmente con todos los actuados a partir de la liquidación de fs. 520, (fs.12 a 13 vta.), por lo que el 7 de abril del referido año a horas 12:20,  fue notificado erróneamente con la providencia  de “9 de octubre  de 2004” (sic) (fs. 28 vta.). La demandante opuso reposición con alternativa de apelación, en cuya atención la juzgadora dejó sin efecto el Auto de 7 de abril de 2004, mediante Resolución de 13 de abril del mismo año, disponiendo que el obligado cancele la suma adeuda de Bs55,308.33 para lograr su libertad (fs. 55 a 57), no consta en obrados la liquidación de dicha suma ni la notificación al obligado con la misma, como tampoco existe la liquidación de la suma que arroja la orden de expedirse el mandamiento de apremio por Bs. 56.308,33 (fs. 7 y 14).