SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0833/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) siendo la investigación un proceso de acumulación de pruebas que contribuyan al esclarecimiento de la verdad, el Fiscal de Materia recurrido, ha omitido la investigación sobre el delito de robo agravado, error que impone el deber de subsanarlo, por tanto deberá proseguir la investigación sólo para el delito omitido; b) no es evidente que el recurrente este siendo procesado dos veces por la misma causa, pues es cierto que el delito investigado es el de robo agravado, que se consigna en la querella y que fue omitido en la investigación; c) no se está abriendo un nuevo proceso, sólo se está complementando el anterior en el delito omitido por el Fiscal; y d) el recurrente no ha acudido a las vías legales ordinarias que le franquea el CPP para el reclamo de sus derechos fundamentales vulnerados.