SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0844/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0844/2004-R

Fecha: 01-Jun-2004

III.2.

III.2.  Recordada la línea jurisprudencial emergente de la interpretación de la Constitución y las disposiciones legales referidas, es oportuno también establecer que el Código de procedimiento penal, en ninguna de sus disposiciones prevé que los jueces que tienen asignada la función de ejercer el control jurisdiccional de una investigación, como los tribunales que en apelación tengan que conocer resoluciones que estén vinculadas a las medidas cautelares, deban obligatoriamente imponer la medida de detención preventiva durante la etapa preparatoria con el argumento de preservar otros derechos, pues la referida medida como ya se ha indicado puede ser o no impuesta para el caso de que se decidiera por su aplicación deben los jueces competentes velar porque se cumplan todas las formalidades y concurran todos los elementos de convicción que se exigen para ello, pues si esto no ocurre no puede disponerse la restricción al derecho a la libertad física.