SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2004-R
Fecha: 04-Jun-2004
II.1.
II.1. El 14 de septiembre de 1996 el Juez de Partido de Puna, provincia Linares del Departamento de Potosí, fue designado para la sustanciación de la instrucción penal en el proceso en caso de corte seguido por la Alcaldía Municipal de Caiza, contra Hugo Romay Valda, el referido Juez elevó el caso ante la Sala Plena de la Corte Superior de Chuquisaca para su acusación. El 3 de marzo de 1997, se dictó auto de procesamiento por la comisión de los delitos de peculado, malversación, uso indebido de influencias, contratos lesivos al Estado y conducta antieconómica, incursos en los arts. 142, 144, 146, 221 y 224 del Código penal (CP) de lo que se infiere que el proceso penal comenzó el 14 de septiembre de 1996 (fs. 8 vta.).