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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2004-R

    Fecha: 08-Jun-2004

    I.2.1

    Uno de los abogados del recurrente ratifica in extenso el recurso interpuesto y puntualiza que su cliente  no tiene dinero ni patrimonio y si tenía, ahora se encuentra en quiebra, por lo que no existe malicia al existir una imposibilidad de naturaleza económica y su cliente no está presente por estar ilegalmente perseguido.

    • recurso
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3 Autoridad  recurrida  y petitorio
    • I.2.1
    • 1)
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.6.1
    • II.6.2
    • III.      FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • cuando se emplean medios maliciosos
    • III.3
    • APROBAR

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