SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0887/2004-R

Fecha: 08-Jun-2004

III.1

III.1      Para la consideración del recurso planteado corresponde señalar que dentro del proceso de divorcio seguido por Martha Ugarte contra Francisco Gaspar Soligno Barbato, mediante sentencia pronunciada en 30 de julio de 1975, se homologó el documento privado por el que se estableció el pago de asistencia familiar a favor de las menores, hijas de ambos cónyuges, hasta que alcancen la mayoría de edad, entonces 21 años de edad. En abril de 1979 se procedió a la liquidación de pensiones que al no ser canceladas por el obligado dio a lugar su ingreso en el Recinto Penitenciario de San Pedro el 26 de octubre de 2002 en ejecución del mandamiento de apremio  expedido por la Jueza de la causa, habiéndose interpuesto entonces recurso de hábeas corpus con el argumento de que en el proceso se hubiera operado la perención de instancia y además prescrito la acción; este recurso fue declarado improcedente por el Tribunal de hábeas y aprobado en revisión por este Tribunal Constitucional.

Dentro del mismo proceso el obligado estuvo privado de su libertad por seis meses por lo que esta aprehensión le fue suspendida, empero al no satisfacer su obligación en el plazo de seis meses fueron expedidos primero el mandamiento de aprehensión y después otro con habilitación de días y horas extraordinarias para su ejecución.