SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2004-R

Fecha: 15-Jun-2004

II.2.

II.2.    El 18 de agosto de 2000, el Oficial  de Diligencias del Juzgado representó que una vez apersonado por dos veces consecutivas en el domicilio de la empresa demandada, ubicado en calle Jordán 541, edificio Pinto Palace Of. 2, no pudo efectuar citación alguna, habiéndole informado los vecinos que las oficinas de la firma demandada se encuentran siempre cerradas (fs. 30),  por decreto de 6 de septiembre la Jueza de la causa instruyó que a mérito de dicha representación, se proceda a la citación de la demandada mediante edictos (fs. 31 vta.), que previo juramento de desconocimiento de domicilio por parte del demandante (fs. 36), se efectuaron las respectivas publicaciones en el medio de comunicación  La Gaceta Jurídica (fs. 38 a 40), habiéndose procedido al embargo de dos palas cargadoras de propiedad de la empresa ejecutada  el 15 de noviembre de 2000 (fs. 44 vta.).