Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2004-R
Fecha: 16-Jun-2004
II.2.
II.2. El expediente se radicó sucesivamente en los Juzgados de Partido Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto de Familia y Juzgados de Partido Primero Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto en lo Penal de la Capital, por excusas formuladas por los jueces de dichos juzgados, hasta que mediante decreto de 3 de julio de 2003, la titular del último de los Juzgados nombrados, sin conocimiento del proceso, ordenó la devolución de la causa al Juzgado de origen, al contar con Titular dicho juzgado (fs. 11 a 27).