Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0921/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.4.
II.4. El 11 de marzo del 2004, el recurrido, David Téllez Rodríguez, solicitó a la Dirección Distrital del Consejo de la Judicatura, explique cuál la razón por la que no se daría curso a ninguna petición sobre la partida de la propiedad registrada a fs. 858, Partida 1730 del Libro Primero A de la provincia Cercado registrada a nombre del recurrente (fs. 61).