SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0922/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0922/2004-R

Fecha: 11-Jun-2004

III.3.

III.3.   La línea jurisprudencial antes citada es aplicable a la problemática que se analiza pues el recurrente no fue ajeno al proceso penal motivo del recurso porque el encausado tuvo conocimiento del mismo desde su inicio, habiendo asumido su defensa en toda la fase de la instrucción e intervenido en algunas incidencias del plenario, como son los actos preparatorios del debate, al haber prestado su confesión y presentado la lista de sus testigos, momento desde el que asumió una actitud pasiva al no interesarse en el seguimiento del proceso cual era su obligación, produciéndose en esas circunstancias la emisión de una Sentencia condenatoria, antes de lo cual pudo haber impugnado resoluciones o promovido incidentes y cuestiones que favorezcan su defensa. Sin embargo, por negligencia, no lo hizo el encausado, que de esta manera originó su propia indefensión al no haberse apersonado al proceso, del que tenía conocimiento.