SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0945/2004-R
Fecha: 17-Jun-2004
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y añade: a) se amplía el recurso contra Hernán Vega, abogado secretario del Juzgado Primero de Partido de la Niñez y Adolescencia y dos supernumerarios, porque las tres personas cuando llegó la hora de cerrar el Juzgado el 16 de abril de 2004 lo condujeron a la Policía Técnica Judicial (PTJ) sin lograr que lo detengan por falta de orden de detención; b) al momento de interponer el presente recurso, se encontraba indebidamente detenido siendo puesto en libertad el 16 del mes y año en curso a horas 18:10 por la PTJ, como se dijo, por no existir orden de detención emanada de autoridad competente, encontrándose actualmente en libertad; empero fue sometido previamente a una indebida e ilegal detención por las recurridas, circunstancia por la que solicita se declare procedente el recurso de acuerdo con el art. 91.6 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); c) el 15 de abril del año en curso en la calle Montes lo interceptaron con un vehículo, su ex esposa, su hermano, la empleada un joven y el chofer llevándolo a la calle Pando donde no lo recibieron, lugar en el que sin embargo una doctora María Alejandra, a horas 14:00 aproximadamente pidió su detención, momento en que se presentó la Defensora de la Niñez que con un Sargento lo condujeron a la Defensoría encerrándolo en un cuarto para luego trasladarlo al Juzgado donde se encontraban las recurridas, ordenando posteriormente una Jueza sea llevado a la Policía Judicial donde permaneció detenido en la noche y el día 16 de abril hasta que en la tarde, interpuesto este recurso pensando que estaba libre una señorita lo llevó a la PTJ, donde no se lo detuvo porque no había prueba.