SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0945/2004-R
Fecha: 17-Jun-2004
II.6.
II.6. El 16 de abril del presente año a horas 14:30, la Defensoría de la Niñez y adolescencia solicitó a la Jueza de la causa derive el proceso a la vía penal, con detenido (recurrente) a la Policía Técnica Judicial- División Delitos Contra la Función Pública- para que se investigue la presunta comisión de los delitos de impedir o estorbar el ejercicio de funciones, desobediencia judicial y abandono de menores, previstos por los arts. 161, 179 y 278 del CP (fs. 26). La autoridad jurisdiccional mediante Auto de la misma fecha dispuso la remisión de fotocopias legalizadas de las piezas pertinentes del proceso a la Policía Judicial, División Delitos Contra la Función Pública, con detenido a efecto de la iniciación de la investigación de la denuncia, a la vez que en consideración a ello revoca la orden emitida el mismo día de detención del recurrente por veinticuatro horas para la elaboración del informe técnico, al pasar el denunciado a disposición de la Policía Judicial para la investigación de los delitos denunciados, conminando al denunciado a comparecer a las citaciones del Equipo Interdisciplinario del Juzgado, bajo alternativa en caso de incumplimiento de expedirse nuevo mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 27).