Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0964/2004-R
Fecha: 22-Jun-2004
II.8.
II.8. El Juez del Trabajo y Seguridad Social, que conoció el asunto por recusación declarada legal contra el Juez Tercero de la materia, dictó el Auto de 14 de noviembre de 2002 (fs. 210 y 211), en el que rechazó la impugnación sobre la capacidad idónea del perito y el incidente de nulidad de obrados, ambos planteados por el SNC, manteniendo firme al Auto de 2 de agosto de 2002, al mismo tiempo, concedió las apelaciones interpuestas por la mencionada entidad. El SNC interpuso apelación contra el Auto indicado (fs. 212 a 215).