Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2004-R
Fecha: 30-Jun-2004
improcedente
a) La recurrente si bien agotó la vía administrativa, le queda abierta la vía judicial para demandar la devolución de los $US16.000 que el Banco BISA S.A. entregó a Mónica Romero de Lucca, no siendo el amparo constitucional sustitutivo de otros recursos que tiene la mandante del actor para hacer valer el derecho de su hija menor de edad.
b) La recurrente dejó transcurrir más de seis meses después de haber sido notificada con la SC 1542/2002-R, de 16 de diciembre, pronunciada en el recurso interpuesto con los mismos motivos, fundamentos y partes, negligencia que no puede ser subsanada mediante el presente recurso conforme establece la SC 653/2002-R, de 7 de junio de 2002.