SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2004-R

Fecha: 01-Jul-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 24 de marzo de 2004 (fs. 12 a 14),  el recurrente aduce que por Resolución Municipal 132/03 fue elegido y posesionado como nuevo Alcalde Municipal de Villa José Quintín Mendoza (San Benito) ante la renuncia irrevocable que presentó el anterior Ejecutivo. En 14 de febrero de este año recibió una nota emitida por  el Presidente del Concejo Municipal en la que le otorgó el plazo de cuarenta y ocho horas para que envíe su renuncia a dicho cargo y el 2 de marzo fue notificado con la Resolución 05/2004 en la que se determinó instaurar proceso interno en su contra y suspenderlo temporalmente de sus funciones, para lo que se designó un Alcalde interino.

Relata que el 4 de marzo solicitó al Concejo la reconsideración de la ilegal suspensión, sin haber recibido respuesta alguna pese a haberse vencido el término de diez días que señala el art. 22 de la Ley de Municipalidades (LM), de lo que deduce que las Resoluciones 05/04 y 06/04 están vigentes al no haber sido derogadas ni abrogadas.

Indica que la Resolución Municipal 01/04 de 10 de enero, establece la necesidad de  defender la institucionalidad del Gobierno Municipal y que cualquier renuncia forzada será nula de pleno derecho; sin embargo, el recurrido, como no logró su renuncia, le inició un proceso y lo suspendió de sus funciones, en contra de lo dispuesto por los arts. 35.I y 48 de la LM.