SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0998/2004-R

Fecha: 01-Jul-2004

II.2.

II.2.    Por nota de 14 de febrero de 2004 (fs. 4), el Presidente del Concejo Municipal hoy recurrido, le comunicó que el ente deliberante en reunión con las OTB's, determinaron que el recurrente en un plazo de cuarenta y ocho horas “mande su renuncia al cargo de Alcalde Municipal”, añadiendo que “el Concejo Municipal no halla nada de culpa” en  esa autoridad, pero que “piense, medite y decida por el bien del pueblo”.