Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1078/2004-R
Fecha: 12-Jul-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente a través de su abogado, ratificó íntegramente los términos de su demanda y los amplió indicando que en el momento de la celebración de la audiencia de medidas cautelares, el Ministerio Público no presentó ninguna certificación, por el contrario, valiéndose de lo previsto por el art. 8 del Código de Procedimiento Penal hicieron uso de la defensa material, haciendo conocer el embarazo de la recurrente.