SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1079/2004-R
Fecha: 14-Jul-2004
(fs. 18-19)
Habiendo sido sorteado el presente recurso el 31 de mayo de 2004, el Magistrado Relator en uso de las facultades conferidas por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), requirió a la Comisión de Admisión solicite documentación adicional mediante AC 314/2004-CA de 3 de junio (fs. 18-19), disponiéndose a su vez la suspensión del cómputo del plazo para el pronunciamiento de la sentencia hasta la recepción de la documentación solicitada.
Por decreto de 21 de junio de 2004, la Comisión de Admisión de este Tribunal, remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, disponiéndose la reanudación del cómputo del plazo, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 15 de julio de 2004; por lo que la presente Sentencia es pronuncia dentro del plazo establecido por Ley.