SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2004-R

Fecha: 14-Jul-2004

Fragmento 17

           En la especie, el recurrente arguye que el Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra no ha acreditado a la Directiva del Comité de Vigilancia conformada por su persona y sus mandantes, a pesar que han cumplido con los requisitos y todo el procedimiento establecido a ese fin. Sin embargo, de los datos del cuaderno procesal remitido a este Tribunal, no se constata documentación alguna que evidencie que los recurrentes hayan seguido el procedimiento para la convocatoria establecido por las normas arriba mencionadas, ni la presunta omisión del anterior Comité de Vigilancia, presidido anteriormente por Rommel Pórcel, en cuanto a emitir tal convocatoria.