SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2004-R
Fecha: 14-Jul-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 455 a 456, pronunciada el 30 de abril de 2004, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso, sin costas ni multa, bajo estos fundamentos: 1) evidentemente existió y existe un conflicto entre dos OTB's que se disputaban un mismo ámbito territorial; 2) el Concejo Municipal, revisando la documentación pertinente, reconoció a una de las OTB's en conflicto, sin que con ello haya vulnerado norma legal alguna, sino que ha procedido conforme a derecho, sin que pueda ese tribunal ingresar a analizar las pruebas y documentación respaldatoria de cada una de las OTB's y ver cuál de ellas tenía o tienen la razón y posee la representatividad de la colectividad, pues para ello las partes en conflicto necesariamente tienen que acudir a la vía ordinaria.