Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2004-R
Fecha: 14-Jul-2004
II.2.
II.2. El 2 de abril del 2003, el Juez recurrido emitió Sentencia declarando probada la demanda y ordenando a los demandados el pago de lo adeudado, bajo prevención de expedirse embargo. Respecto de la solicitud de embargo, determinó: "se tiene ordenado", dispuso también se oficie al Juez Registrador de Derechos Reales de Trinidad, para que se informe sobre los puntos solicitados por el Banco demandante(fs. 29 vta.).