SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1123/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1123/2004-R

Fecha: 21-Jul-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El  recurrente arguye que su poderconferente fue contratado el año 2000 por el plazo de 85 días por la Administración de la CNS, y posteriormente fue recontratado en tres oportunidades por el término de un año, pero se procedió a prescindir de sus servicios sin considerar que de acuerdo a la normativa laboral, una vez efectuada la segunda recontratación, se produce la tácita reconducción contractual, convirtiéndose en contrato por tiempo indefinido; asimismo, señala que la parte patronal falsificó el cuarto contrato para poder prescindir de sus servicios. Por lo que corresponde, en revisión, analizar si los extremos denunciados son evidentes y si es viable otorgar la tutela demandada  por la actora.