Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1123/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
III.4.
III.4. Con relación a la denuncia formulada por el recurrente respecto a la presunta falsificación del cuarto contrato, corresponde señalar que esa supuesta acción debe ser investigada por las autoridades policiales, no pudiendo ser motivo de tutela vía amparo constitucional, puesto que se trata de cuestiones de hecho referidas a la comisión de un delito.