SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1124/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1124/2004-R

Fecha: 21-Jul-2004

i)

Por su parte, la Secretaria Abogada recurrida señala que: i) el presente recurso de amparo no procede contra resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas, tal como determina el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); ii) la solicitud del ahora recurrente de que se acepte la entrega en tercero día de los 700 m² de terreno, es una determinación netamente jurisdiccional, ya que el recurso de amparo no puede decidir sobre cuestiones de fondo; c) respecto a la negativa de entrega de fotocopias legalizadas, nunca hubo tal actitud de su parte, ya que incluso la prueba acompañada a este recurso, son fotocopias legalizadas que su persona emitió; iii) con referencia a los memoriales que no habrían pasado a despacho en el día, ese hecho consta en el Libro Diario puesto en vigencia por el Consejo de la Judicatura a partir de enero de 2004, donde constan todos los memoriales que ingresan al Juzgado, por lo que pide se declare improcedente el presente recurso.