Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1124/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
II.7.
II.7. El 24 de abril de 2004, el Juez recurrido señalando que los Autos de 21 de octubre de 2003 y 11 de marzo de 2004, están ejecutoriados y deben su cumplimiento los ejecutados, reiteró la orden dispuesta en los mismos, de entrega por parte de los ejecutados de los 700 mts2. de terreno, aclarando una vez más que la segregación y entrega de los referidos 700 mts2. debe hacerse del terreno de su propiedad, en el plazo de tres días, bajo conminatoria de ley (fs. 53 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- mediante memoriales de 19 de septiembre y 29 de octubre de 2003, habría efectivizado la entrega real de 700 m² y, que el Juez recurrido hasta la fecha, no se habría pronunciado de manera expresa aceptando o rechazando la oferta de entrega de dicha superficie
- falta de pronunciamiento del Juez recurrido respecto a las solicitudes de ejecutoria del Auto de 11 de marzo de 2004 formuladas por el recurrente
- negativa de la Secretaria Abogada recurrida de franquear las respectivas fotocopias legalizadas ordenadas
- III.3.
- APRUEBA