Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1154/2004-R
Fecha: 26-Jul-2004
III.5.
III.5. Sobre la problemática planteada, a efectos de evitar confusión, se establece que las resoluciones impugnadas no emergen de una solicitud de cesación de detención preventiva, sino que la dictada por el Tribunal Quinto de Sentencia es emergente del cumplimiento de la SC 562/2004-R, que dispuso se dicte una nueva resolución de detención preventiva, de manera que la dictada por los vocales recurridos también es relativa a la detención preventiva y no así a una cesación como en algunas partes han referido el recurrente como los recurridos. Efectuada esta aclaración, al existir dos tribunales recurridos, se desglosa la fundamentación de la siguiente manera: