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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2004-R

    Fecha: 26-Jul-2004

    II.1.

    II.1.    Dentro del proceso penal seguido contra el recurrente, por decreto de 5 de abril de 2004, se conminó al Fiscal de Distrito la presentación de acusación o solicitud conclusiva en el plazo de cinco días bajo alternativa de declararse extinguida la acción penal (fs. 1), siendo notificado el Represente del Ministerio Público el 7 de abril de 2004 (fs. 23 vta.).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.      Sobre el principio de legalidad
    • III.4.     Garantía del debido proceso y tutela judicial efectiva
    • III.5.     Incumplimiento de la conminatoria efectuada por el Juez Cautelar
    • cuando el fiscal no cumple dentro del plazo previsto por ley con la conminatoria efectuada por el Juez cautelar.
    • cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal
    • juicio se podrá abrir sobre la base de la acusación del fiscal o la del querellante, indistintamente
    • III.6.
    • III.7.

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