Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1199/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.4.
II.4. El 1 y 29 de septiembre de 2003, el actor acudió ante el Comandante General de la Policía Nacional reiterando su solicitud de reincorporación a la institución del orden, por cuanto su inocencia está plenamente acreditada (fs. 101 a 102), presentando similar solicitud ante el Tribunal Disciplinario de la Policía Nacional a través del memorial de 29 de septiembre de 2003 (fs. 104 a 105), habiéndose dado respuesta a la primera solicitud mediante nota de 22 de septiembre de 2003 a través del Director Nacional de Personal, quien le comunicó haberse desestimado su petición (fs. 83).