SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

II.3.

II.3. A solicitud de parte, previo informe de actuaría, mediante auto de 7 de diciembre de 2000, el Juez de la causa declaró ejecutoriada la Sentencia notificándose con esta determinación a los demandados mediante cédula en el domicilio señalado. (fs. 59 a 62). Posteriormente, el apoderado de la entidad ejecutante solicitó medidas previas de remate, procediéndose al embargo del inmueble de los ejecutados y una vez presentados los informes correspondientes se señaló un primer remate y posteriormente un segundo remate del inmueble, oportunidad en la cual se adjudicó el mismo la institución ejecutante, aprobándose el mismo mediante auto de 4 de octubre de 2001 (fs. 60 y 64 a 127), estas actuaciones se notificaron a los ejecutados personalmente, en unos casos suscribiendo las diligencias y en otros rehusando firmar en presencia de testigos (fs. 82 vta., 94 y 104 y vta.).