Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1230/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
II.7.
II.7. Luego de la radicatoria el 3 de marzo de 2004, el Juez recurrido emitió el Auto definitivo de 9 de marzo de 2004, mediante el cuál anuló obrados hasta que se emita nueva sentencia, aplicando las normas previstas por los arts. 15 de la LOJ y 1486 del Código Civil (CC), por cuanto dicha sentencia fue pronunciada a los setenta y dos días de su ingreso a despacho y en un día no reconocido por el calendario Gregoriano (fs. 174).