SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1251/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1251/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 1 de julio de 2004, cursante de fs. 1 a 2 vta., el recurrente manifiesta que cuando retornaba a su domicilio en la localidad de Mallco Chapi-Vinto, fue detenido a horas  21:00  del 7 de enero del año en curso, por el Corregidor de la Localidad mencionada, a consecuencia de la denuncia efectuada por Severina Balderrama, por una supuesta agresión sexual que habría cometido en contra de su hijastra, siendo conducido a su oficina donde se lo maniató y golpeó, conduciéndolo luego a la Escuela de la localidad donde se lo exhibió cual si fuera un delincuente, haciéndose presente luego la Policía a hrs. 9:20 para detenerlo como si se tratara de un delito flagrante.

Señala que se lo detuvo sin existir mandamiento de aprehensión ordenado por  autoridad competente, por cuanto el Corregidor no tiene atribución alguna, tampoco se lo detuvo en flagrancia, ya que la denuncia fue presentada el 8 de enero de 2004, cuando ya se encontraba doce horas detenido en forma ilegal, contraviniendo los arts. 9.I, 31 y 34 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 7 nums. 2), 3) y 5), del Pacto de San José de Costa Rica.

Agrega que la Fiscal recurrida presentó la imputación formal en su contra distorsionando los hechos, basándose en el informe policial y declaraciones informativas contradictorias, no evaluó los hechos emergentes de la documentación que acompañaba el informe ni las declaraciones del Corregidor y denunciante, fundamentando su requerimiento en hechos que no ocurrieron, por cuanto no fue descubierto por nadie ni se dio a la fuga, habiendo dispuesto la Jueza recurrida su detención preventiva, basada en una imputación formal sin fundamentación, equívoca y tergiversada