SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1279/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes denuncian la vulneración de sus derechos a la igualdad jurídica, a la petición, a la propiedad privada y a la defensa, por cuanto los representantes del Banco, ahora recurridos, no dieron respuesta a la carta notariada en que hicieron una oferta de pago, sino que la ignoraron impidiéndoles cumplir con su obligación y actuando con exceso de poder, no obstante que incluso quisieron hacer valer la carta en la oferta de pago y consignación que propusieron dentro del proceso, y que fue desestimada por la entidad bancaria. Por consiguiente, corresponde analizar si los actores han cumplido con los requisitos exigidos para su presentación, a fin de que en su caso, se analice si hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades
- I.2.2. Informe de la parte recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- La inobservancia del indicado requisito de contenido
- los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso,
- , y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia…”.