SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1301/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1301/2004-R

Fecha: 12-Ago-2004

Fragmento 3

Añade el recurrente que recurrido en casación el referido Auto de Vista, resolviendo el recurso la Corte Suprema de Justicia lo declaró infundado incurriendo en el mismo error que los inferiores y sin tomar en cuenta que la Ley 975  no ordena el pago de los salarios comprendidos en el periodo de la inamovilidad de la persona embarazada en caso de despido. De esta manera los recurridos al disponer el pago de los once sueldos devengados y las dos vacaciones a la demandante en el proceso social por parte del Instituto “WESTINGHOUSE”, ha violado el derecho de petición con manifiesta parcialidad judicial en contra de sus representados y el debido proceso.