SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2004-R

Fecha: 17-Ago-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción, a la defensa y a la garantía del debido proceso, por cuanto los vocales recurridos mediante Auto de 26 de junio de 2004, revocaron la Resolución de medidas sustitutivas a la detención preventiva que le impuso la Jueza Cautelar y determinaron su detención preventiva, en desconocimiento de lo establecido por el art. 398 del CPP, al no haberse pronunciado únicamente sobre los puntos apelados por el querellante y sin fundamentar su decisión en los hechos que se produjeron ante la Jueza Cautelar, disponiendo su detención sin que exista solicitud expresa por parte del Ministerio Público ni del querellante y en base a la prueba introducida en la audiencia de consideración del recurso de apelación, prueba de la que no tuvo conocimiento hasta esa audiencia y sin considerar que la imputación formal fue presentada fuera del plazo establecido por ley, con la que fue notificado momentos antes de la audiencia de aplicación de medidas cautelares. Corresponde, entonces, verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).