SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2004-R

Fecha: 17-Ago-2004

improcedente

Por Resolución de 7 de julio de 2004, cursante de fs. 39 a 40, el Tribunal de hábeas corpus, de acuerdo con el dictamen fiscal, declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) en el proceso penal seguido contra el recurrente y otro por la comisión del delito de homicidio, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, no obstante de fundamentar la concurrencia de todos los elementos requeridos para la detención preventiva del recurrente, extrañamente decidió aplicar medidas sustitutivas a la detención preventiva, por lo que los vocales recurridos al dictar el Auto de Vista de 26 de junio y revocar la Resolución de la inferior, ordenando la detención preventiva del recurrente, no han vulnerado ninguna formalidad procesal al evidenciarse la existencia de los requisitos exigidos para la detención; consiguientemente, la decisión tomada se ajusta a derecho y contempla los antecedentes procesales del caso, habiendo enmendado el error en que incurrió la inferior; 2) existiendo petición expresa del Fiscal, aunque con alguna demora, así como del querellante para que se aplique la detención preventiva, no existe limitación para revocar o modificar las decisiones adoptadas por el Juez cautelar; 3) el recurrente, deliberadamente no refirió en qué clase de proceso se vulneraron sus derechos o garantías, tampoco indicó la clase de delito por el que se lo juzga, ni acompañó ninguna prueba de los actuados del proceso, significando un hecho más por el que el recurrente pretende ocultar elementos que le comprometen y evitar el conocimiento de los antecedentes para sorprender y confundir al Tribunal, extremos que confirman los justificativos que dieron lugar a la medida cautelar dispuesta por los recurridos.