SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2004-R

Fecha: 19-Ago-2004

III.3.

III.3. Con anterioridad a la vigencia de la citada Ley 843,  se  dictó la RS 154/67 de 27 de abril de 1967, disponiendo la exención del pago de impuestos nacionales y de rentas de carácter nacional, departamental y municipal a favor de la Congregación “Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús”, cuya personalidad jurídica fue reconocida por la RS 145621 de 5 de junio de 1968; posteriormente, a través de la RA 121/95, de 19 de junio de 1995, la Administración de Impuestos Internos ratificó aquella exención impositiva a favor de la Congregación recurrente respecto al pago del IRPE y del IUE, por cumplir con las exigencias contenidas en la Ley 843, y sobre esta base, el Gobierno Municipal de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba expidió la Resolución Técnica Administrativa 990/96 de 28 de junio, mediante la cual dispuso que dicha Congregación quedaba exenta del pago del impuesto sobre los  bienes inmuebles.