SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2004-R

Fecha: 19-Ago-2004

procedente

Por Resolución 018/2004 cursante de fs. 147 a 148 vta., el Tribunal de amparo declaró procedente el recurso, con la siguiente fundamentación: 1) por RM 154/97 (sic.), se liberó a la Congregación recurrente del pago de impuestos catastrales y de rentas de carácter nacional y departamental, gozando desde entonces de la exención del pago de impuestos por tratarse de una congregación religiosa comprendida dentro del régimen  de  exenciones  que  prevé la ley; 2) respecto al usufructo de los bienes que contemplan los Estatutos, no implica de manera alguna alteración a la transferencia del derecho de propiedad que se produce en forma efectiva, ni incide en la esencia del derecho propietario;  3) dicha  Congregación se halla exenta del pago de impuesto desde 1997 (sic.), y esta exención nace de la ley, y tan sólo se sometieron a las disposiciones municipales al solicitar ese reconocimiento, ya que la Ordenanza 1714/95 dispone que cada cinco años debe realizarse el  trámite de solicitud de exención; 4) toda exención nace de la ley y no de la voluntad de las instituciones, por lo que sólo a través de otra ley puede modificarse o extinguirse esa exención, y si el Gobierno Municipal considera que esa exención le es adversa económicamente, debe realizar las gestiones a fin de obtener una disposición legal favorable; 5) por RM 3973/2004 de 12 de marzo, el Concejo Municipal de Cochabamba  dejó sin efecto la Resolución 3913/2003 de 23 de diciembre, concediendo la exención a favor de la Congregación recurrente, pero en la fotocopia presentada no cursa la firma de la Presidente del Concejo Municipal, tampoco consta que se hubiera notificado con la misma a la parte actora y menos se hace referencia a dicha Resolución en el informe brindado por los apoderados de la autoridad recurrida, lo que hace presumir que se persiste en la negativa al reconocimiento de los derechos de la recurrente.