SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1370/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
III.4.
III.4. Por otra parte, es preciso recordar que el recurso de amparo constitucional interpuesto por la representante legal de la Congregación recurrente contra el Director de Grandes Contribuyentes GRACO, ante el desconocimiento de la exención impositiva de referencia, este Tribunal dictó la SC 779/2001-R,
“(...) Que por Resolución Ministerial N° 154/67 de 27 de abril de 1967, se liberó del pago de impuestos catastrales y de la renta de carácter nacional, departamental y municipal al inmueble donde funciona el Colegio Irlandés de propiedad de la Congregación "Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús", por hallarse comprendida en el art. Único de la Ley de 15 de noviembre de 1940 que eximía del pago de impuestos a los establecimientos e instituciones dedicadas a fines de educación”.
”En el caso de autos la Congregación "Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús", desde el año 1997 por Resolución Ministerial Nº 154767, goza de la liberación del pago de impuestos por encontrarse comprendida dentro del régimen de las exenciones que la ley prevé para diversas instituciones entre las que se encuentran las de carácter religioso, sin fines de lucro;... teniendo presente además que mediante un proceso contencioso tributario fue confirmada por la autoridad jurisdiccional la exención por otra gestión posterior correspondiente a 1993-1994”.