Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1375/2004-R
Fecha: 24-Ago-2004
III.6.
III.6. Finalmente, con relación al argumento de la Corte de amparo en sentido de que la existencia de un proceso disciplinario en trámite constituye causal de improcedencia del recurso de amparo; es preciso recordar que el recurrente no fue notificado con el Auto de Inicio de sumario, lo que implica desconocimiento de ese hecho; consiguientemente, no es aplicable el art. 96 de la LTC al caso que se revisa.