SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1400/2004-R
Fecha: 31-Ago-2004
II.3
II.3 Dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto el 2 de febrero de 2004 por el co- recurrente Manuel Quispe Cocarico y otros contra el Alcalde Municipal de Coroico, por no pagarles sus haberes de octubre a diciembre y aguinaldo de 2003, aduciendo no ser ya Concejales al haber renunciado a sus cargos ante la Corte Departamental Electoral, órgano que no se había pronunciado al respecto además de impedirles asistan a las sesiones, el Tribunal Constitucional emitió la SC 0646/2004-R de 28 de abril que revocó la resolución elevada en revisión declarando procedente el recurso disponiendo que el Alcalde recurrido instruya el pago de las remuneraciones de los recurrentes de acuerdo a la asistencia que hayan tenido, previo cumplimiento del procedimiento establecido al efecto (fs.4-9).
II.3 Dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto el 2 de febrero de 2004 por el co- recurrente Manuel Quispe Cocarico y otros contra el Alcalde Municipal de Coroico, por no pagarles sus haberes de octubre a diciembre y aguinaldo de 2003, aduciendo no ser ya Concejales al haber renunciado a sus cargos ante la Corte Departamental Electoral, órgano que no se había pronunciado al respecto además de impedirles asistan a las sesiones, el Tribunal Constitucional emitió la SC 0646/2004-R de 28 de abril que revocó la resolución elevada en revisión declarando procedente el recurso disponiendo que el Alcalde recurrido instruya el pago de las remuneraciones de los recurrentes de acuerdo a la asistencia que hayan tenido, previo cumplimiento del procedimiento establecido al efecto (fs.4-9).