SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1400/2004-R
Fecha: 31-Ago-2004
REVOCAR en parte
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE, 7.8ª) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 145/2004 de 11 de junio de fs. 29 a 31 pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Nor Yungas del Distrito Judicial de La Paz, y declarar PROCEDENTE el recurso respecto al derecho de petición como a su reconocimiento de concejales al no haber renunciado ante el Concejo Municipal.
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE, 7.8ª) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 145/2004 de 11 de junio de fs. 29 a 31 pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Nor Yungas del Distrito Judicial de La Paz, y declarar PROCEDENTE el recurso respecto al derecho de petición como a su reconocimiento de concejales al no haber renunciado ante el Concejo Municipal.